Ayer 26 de noviembre de 2026 entraron en vigor las reformas a la Ley del Impuesto Único Sobre Inmuebles (IUSI), aprobadas mediante el Decreto 18-2026.
Entre los principales cambios de la normativa, se resalta que los inmuebles destinados a vivienda, uso residencial y uso mixto pasan a una tasa de cero por millar, o sea, dejan de generar cuota del IUSI.
También, para los inmuebles de uso comercial y otros usos se aplican nuevas tasas según el valor inscrito:
- Hasta Q500,000: 3 por millar
- De Q500,000.01 a Q1,000,000: 6 por millar
- Más de Q1,000,000: 9 por millar
Es importante considerar que la tasa cero no condona deudas anteriores. Los saldos pendientes de períodos previos deben cancelarse.
La clasificación del inmueble (residencial, mixto o comercial) es determinante para saber si aplica la tasa cero. Es importante verificar la clasificación registrada en la municipalidad correspondiente.
Cada muni puede tener calendarios de cobro y emisión de recibos distintos, por lo que se aconseja consultar directamente el estado de cuenta de cada propiedad.
La vigencia del Decreto 18-2026 señala que las comunas no pueden condicionar la prestación de servicios públicos al pago del IUSI.




